jueves, 19 de diciembre de 2019

Capítulo XXIII:Imputables o inimputables

  La inmunidad es una cosa que se aplicaría desde el 2 de julio o junio por el Parlamento Europeo. La imputabilidad se aplica por los tribunales españoles por hechos constatados. Ambas cuestiones son importantes pero son cosas diferentes. La Justicia pondrá en marcha lo que considere oportuno en función de l petición del Tribunal Europeo que no plantea en ningún momento la inimputabilidad de los presuntos eurodiputados. No parece ser compatible inmunidad con inimputabilidad, siendo lego en temas de derecho no entiendo cual va a ser la solución pero estaré al quite lo mismo que nacionalistas y no nacionalistas. Interesante dilema el que se plantea en los Tribunales nacionales y supranacionales y que no tiene una salida fácil o sí protegiendo a los fugados fuera de España o deteniéndolos dentro de España. La respuesta se verá en breve.

  La unilateralidad nacionalista se frota las manos y no es para menos si se vislumbra la oportunidad de llevarla a cabo sin que la mayoría de la población no tengamos nada que descir, nuestros derechos fundamentales se esfuman y ...mal arreglo.

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